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Comité de Garantías Electorales socializó el abecé de la ley de participación ciudadana

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Comité de Garantías Electorales socializó el  abecé de la ley de participación ciudadana

Pereira, 8 de julio de 2015. Durante el Comité Departamental de Garantías Electorales de Risaralda, la Registraduría Especial del Estado Civil socializó la reciente Ley de Participación Ciudadana sancionada por el Presidente de la República, Juan Manuel Santos. 

“Esta nueva norma busca mejorar y agilizar el acceso de los ciudadanos a los mecanismos democráticos con los que cuenta, especialmente en temas referentes al control de sus mandatarios”, dijo el Registrador Especial del Estado Civil en Risaralda, Fernando Heredia Castillo. 

También informó que entre los cambios más importantes a la ley se encuentra la eliminación de firmas para comités promotores de referendos. “Un solo ciudadano podrá ser vocero y promotor de referendos y revocatorias de mandato. Se elimina la etapa de recolección de firmas para constituir el comité promotor. Además establece la Consulta Popular de origen ciudadano, tanto en el orden nacional como el territorial, el cual contará con el apoyo del 5% y 10% del Censo Electoral, respectivamente”, comentó Heredia. 

En cuanto a los Cambios a Revocatorias de Mandato, manifestó que se disminuyen los porcentajes requeridos para convocar los comicios de revocatoria (del 40% al 30% del total de votos que obtuvo el mandatario elegido) y los porcentajes de participación en dichas elecciones (del 50% al 40% de la votación valida registrada el día en que se eligió al mandatario). Se mantiene que la mitad más uno de los votos sean a favor de la revocatoria para que ésta sea válida. 

Aunque la nueva norma indica, que revocatorias del mandato podrán promoverse siempre y cuando hayan pasado 12 meses desde la posesión del gobernante y no falte un año para que termine su respectivo periodo.

 

A fomentar la Participación Ciudadana

La nueva normatividad, también establece indicadores para que a nivel nacional y territorial se fomente la participación ciudadana a través de diferentes acciones, tales como: 

En todo Plan de Desarrollo debe haber medidas para promover la participación. 

Se debe crear un Consejo Nacional de Participación Ciudadana, y también Consejos de Participación en departamentos, distritos y municipios para que definan y den seguimiento a la política pública de participación ciudadana. 

En los presupuestos departamentales y municipales debe implementarse un rubro para presupuestos participativos. 

Se crea un nuevo espacio llamado “Alianzas para la Prosperidad” para que comunidades, gobiernos y empresas minero-energéticas puedan discutir el eventual impacto ambiental y social de los proyectos. 

La ley establece que los Concejos, las Juntas Administradoras Locales y ahora las Asambleas Departamentales sean escenarios de cabildo abierto para la participación de la ciudadanía en la discusión de asuntos regionales. A estos encuentros estarán invitados los Alcaldes y Gobernadores.


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Fecha de publicación 10/07/2015
Última modificación 27/07/2016
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