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MISIÓN
La misión de la Secretaría de Salud es, direccionar el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el departamento, mediante la coordinación, asesoría, evaluación, inspección, vigilancia y control en los aspectos de descentralización, aseguramiento, red de servicios, promoción y prevención, asistencia técnica y calidad de los servicios de salud, a los municipios, aseguradores, prestadores de servicios de salud, comunidad y medio ambiente; promoviendo la participación social y la intersectorialidad bajo los principios de honestidad y ética, responsabilidad social, liderazgo, mejoramiento continuo y excelencia del talento humano.
VISIÓN
La visión de la Secretaría de Salud es ser una institución que coloque en un alto grado las condiciones de salud, bienestar y calidad social de la población del Departamento, implementando y desarrollando las competencias y responsabilidades asignadas con una cobertura de beneficio a toda la población territorial de nuestra jurisdicción, garantizando la salud pública, el aseguramiento de la población y la oferta de todos los servicios de salud; que incluya todos los grupos de edades, grupos vulnerables, comunidades étnicas y minorías; con estricta aplicación de equidad de género, logrando un excelente clima organizacional y crecimiento humano para la entidad; y obteniendo los mejores indicadores de gestión, acción social y calidad de vida para todo el departamento de Risaralda.
FUNCIONES GENERALES
Las funciones generales de la Secretaria de Salud, serán las siguientes:
- Formular planes, programas y proyectos para el desarrollo del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en armonía con las disposiciones del orden nacional y territorial.
- Adoptar, difundir, implantar, ejecutar y evaluar, en el ámbito departamental las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas.
- Prestar asistencia técnica y asesoría a los municipios e instituciones públicas que prestan servicios de salud, en su jurisdicción.
- Supervisar y controlar el recaudo y la aplicación de los recursos propios, los cedidos por la Nación y los del Sistema General de Participaciones con destinación específica para salud, y administrar los recursos del Fondo Departamental de Salud.
- Vigilar y controlar el cumplimiento de las políticas y normas técnicas, científicas y administrativas que expida el Ministerio de la Protección Social, así como las actividades que desarrollan los municipios de su jurisdicción, para garantizar e l logro de las metas del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, sin perjuicio de las funciones de inspección y vigilancia atribuidas a las demás autoridades competentes.
- Adoptar, implementar, administrar y coordinar la operación en su territorio del sistema integral de información en salud, así como generar y reportar la información requerida por el Sistema.
- Promover la participación social y la promoción del ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos en materia de salud y de seguridad social en salud.
- Financiar los tribunales seccionales de ética médica y odontológica y vigilar la correcta utilización de los recursos.
- Promover planes, programas, estrategias y proyectos en salud para su inclusión en los planes y programas nacionales.
- Ejecutar las acciones inherentes a la atención en salud de las personas declaradas por vía judicial como inimputables por trastorno mental o inmadurez psicológica, con los recursos nacionales de destinación específica que para tal efecto transfiera la Nación.
- Asesorar y prestar asistencia técnica, administrativa y financiera a los municipios y a las entidades e instituciones que administren servicios de salud.
- Coordinar, financiar, fijar políticas y supervisar los entes descentralizados que presten servicios de salud.
- Programar junto con la Secretaria de Hacienda la distribución de los recursos recaudados para el sector salud.
- Cumplir y hacer cumplir la normatividad vigente y evaluar el desarrollo de los programas de salud y del Sistema de Seguridad en Salud en el Departamento de Risaralda.
- Diagnosticar el estado de salud enfermedad, establecer los factores de riesgo.
- Controlar en coordinación con las entidades del sector o de otros sectores que incidan en salud, los factores de riesgo referentes al estado de salud enfermedad de la población.
- Ejecutar y adecuar las políticas y normas científicas - técnicas y administrativas trazadas por el Ministerio de la Protección Social en el Departamento.
- Dirigir y garantizar la operación de las Redes de Servicios y de urgencias.
- Promover la integración funcional y ejercer las funciones que expresamente le delegue el Ministerio de la Protección Social.
- Adoptar y aplicar las normas y programas señalados por el Ministerio de la Protección Social para organizar los regímenes de referencia y contrarreferencia, con el fin de articular los diferentes niveles de atención y complejidad en salud, los cuales serán de obligatoria observancia para todas las instituciones o entidades que presten servicios de salud en el Departamento.
- Verificar que las entidades que prestan servicios de salud, han adoptado sistemas de contabilidad, control de gestión, sistema de garantía de calidad, de acuerdo con las normas legales.
- Servir como organismo asesor del gobierno departamental en la formulación y determinación de políticas, proyectos, planes y programas de salud dirigidos al fomento de la salud y control de las enfermedades.
- Orientar, coordinar y controlar de acuerdo con las normas legales que regulen la materia, estatutos y reglamentos, las entidades descentralizadas y los organismos que le estén adscritos o vinculados, para garantizar una acción coherente en el sector.
- Programar la administración de los recursos del subsidio para la población mas pobre y vulnerable en los términos previstos en la ley y los controles determinados en el artículo 153 de la ley 100 de 1993, en asocio con la Secretaria de Hacienda.
- Inspeccionar y vigilar la aplicación de las normas técnicas, científicas, administrativas y financieras que expida el Ministerio de la Protección Social, sin perjuicio de las funciones de inspección y vigilancia de las demás autoridades competentes.
- Expedir la autorización para la práctica de ocupaciones y profesiones de salud en el Departamento de Risaralda de acuerdo con lo dispuesto para cada profesión u ocupación.
- Llevar el registro de instituciones prestadoras de salud que han hecho declaración de requisitos esenciales, de las firmas o personas que prestan servicios de salud ocupacional a terceros y el registro de las entidades sin ánimo de lucro que presten servicios de salud.
- Emitir los conceptos que dispone la ley para la operación de actividades peligrosas para la salud.
- Participar con la Secretaría de Planeación y la Secretaría de Hacienda en la formulación del plan financiero y el plan de inversiones en lo referente al sector de salud para el departamento.
- Preparar y presentar a la Secretaría de Hacienda y de Planeación el Presupuesto de la Secretaría de Salud.
- Las demás que le asignen las normas legales.