S.A.C.
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
REGISTRO DE PROFESIONES Y OCUPACIONES
FUNCIONES
• Expedición de resoluciones de aprobación del ejercicio para profesionales cuyos colegios no han asumido funciones públicas, tecnólogos y auxiliares del área de la Salud.
• Apoyar la gestión del proceso de asignación de plazas de servicio social obligatorio en el departamento de Risaralda de acuerdo a los lineamientos y criterios de priorización definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
• Responder las solicitudes de aprobación de plazas de Servicio Social Obligatorio presentadas a la Dirección de Prestación de Servicios de la Secretaria de Salud Departamental de Risaralda por parte de las instituciones interesadas.
Proceso que se realiza a través de la página del Ministerio de Salud y Protección Social previo a la publicación del cronograma trimestra
Nota: Dando cumplimiento a la norma, las consignaciones para el pago serán entregadas después de verificar la totalidad de la documentación requerida.
AUTORIZACIONES PARA ATENCIÓN MÉDICA
USUARIOS NO AFILIADOS AL RÉGIMEN SUBSIDIADO
- Población pobre.
- Desplazado. NO AFILIADOS AL
- habitante de calle. REGIMEN SUBSIDIADO
- población especial
El usuario debe hacer llegar al SAC los siguientes documentos
• Resumen de historia clínica
• Documentos de identidad
• Remisión o solicitud medica de su requerimiento
No se requieren copias estas se asumen en esta oficina
(Ley antitrámites)
USUARIOS AFILIADOS AL REGIMEN SUBSIDIADO
(para solicitud y tramite de servicios no p.o.s.)
Las solicitudes las deben hacer llegar a la respectiva EPS, quienes serán los encargados de diligenciarlas a través del aplicativo 3047
La Secretaría de Salud del Departamento es la entidad encargada de verificar la solicitud y generar la aprobación respectiva.
Según la resolución 4331 que rige a partir del 19 de marzo de 2013.
La respuesta positiva o negativa se dará en los siguientes términos:
* casos AMBULATORIOS PRIORITARIOS 2 días hábiles siguientes al recibo de la solicitud.
* casos AMBULATORIOS NO PRIORITARIOS 5 días hábiles siguientes al recibo de la solicitud.
Esta secretaria contactará telefónicamente al usuario con el fin de notificarle sobre la respuesta de su solicitud.
HORARIO DE ATENCION
LUNES A VIERNES
7:00 a.m. - 12:00 a.m.
2:00 p.m. - 5:00 p.m.
Fecha de publicación 08/04/2013
Última modificación 08/10/2018